Moción Memoria Histórica 25.11.2008 PDF Imprimir E-mail
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Escrito por Comité Local   
Miércoles, 06 de Mayo de 2009 19:49
Moción Memoria Histórica 25.11.2008

Esta moción, elevada a Pleno,  se inspira en los valores y principios que hicieron posible la Transición en nuestro país: la reconciliación, la concordia, la defensa pacífica de todas las ideas y el respeto al pluralismo; con ese espíritu nos reencontramos todas las ciudadanas y ciudadanos en la Constitución de 1978.  

Desde entonces hemos avanzado juntos en la mejora de la convivencia y en la ampliación de las libertades; también en la aprobación de medidas, en el reconocimiento de los derechos de quienes sufrieron las consecuencias de la guerra civil y el régimen dictatorial que la sucedió. 

Acertadamente, a lo largo de estas tres décadas, cada uno de esos avances ha sido visto por toda la ciudadanía como un paso necesario no sólo para cerrar heridas, sino también para fortalecer la democracia que todas y todos compartimos. 

En ese trayecto, en la senda de la cohesión y la concordia, se inserta la Ley 50/2007, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura.

Entre el articulado de la mencionada Ley, conocida como "Ley de Memoria Histórica", se atiende a la justa y legítima demanda de los numerosos ciudadanos que ignoran el paradero de sus familiares -algunos aún en fosas comunes-, contemplando medidas e instrumentos  para que las Administraciones Públicas faciliten a los interesados que lo soliciten, las tareas de localización y, en su caso, identificación de las personas desaparecidas, como una última prueba de respeto hacia ellas y ellos.

También se establecen, una serie de medidas en relación con los símbolos y monumentos conmemorativos de la Guerra Civil y la Dictadura, sustentadas en el principio de evitar toda exaltación de la sublevación militar, de la Guerra Civil y la posterior Dictadura; y destinadas a hacer de los símbolos públicos puntos de encuentro y no de enfrentamiento, ofensa o agravio.

Este Ayuntamiento, mediante la adhesión a esta moción de todos los partidos democráticos y fuerzas políticas integrantes de nuestra Corporación, puede manifestar su voluntad de contribuir a cerrar heridas todavía abiertas en los españoles; puede dar satisfacción a los ciudadanos que sufrieron, directamente o en la persona de sus familiares, las consecuencias de la Guerra Civil o de la Dictadura; puede proteger el derecho ciudadano a la memoria personal y familiar,  puede promover el conocimiento y la reflexión sobre nuestro pasado, para evitar que se repitan violaciones a los derechos humanos como las que se vivieron en nuestro país; y puede hacerlo desde la convicción de que, al reconocer y honrar a aquellas y aquellos compatriotas, honramos también a la España democrática de hoy y a la España democrática del futuro.

Por tanto, y en el sentido de avanzar más aún en la moción presentada en el anterior Pleno municipal de 29 de octubre, concretando y pormenorizando algunos  aspectos de la misma, el Grupo Municipal Socialista del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros presenta al Pleno de la Corporación, la adopción de los siguientes acuerdos:

1-. Respecto a la identificación y localización de víctimas:

  • Facilitar a los descendientes de las víctimas que lo soliciten, las actividades de indagación, localización e identificación de las personas desaparecidas violentamente durante la Guerra Civil o la represión posterior y cuyo paradero se ignore.
  • Elaborar y poner a disposición de las ciudadanas y ciudadanos interesados, mapas en los que consten los terrenos en que se localicen los restos de las personas previamente mencionadas, incluyendo toda la información disponible sobre los mismos.
  • Incorporar esa información al mapa que confeccionará el Gobierno, siguiendo el procedimiento que este determine, para que toda la información sea accesible a todos las ciudadanas y ciudadanos. 
  • Preservar especialmente esos terrenos.
  • Autorizar las tareas de prospección para localizar los restos de las personas desaparecidas.
  • Establecer el procedimiento y las condiciones en que los descendientes directos, o las entidades que actúen en su nombre, puedan recuperar los restos enterrados en las fosas correspondientes, para su identificación y posterior traslado a otro lugar; ponderando, en todo caso, la existencia de oposición por cualquiera de los descendientes directos de las personas cuyos restos deban ser trasladados.
  • A tales efectos, y con carácter previo a la correspondiente resolución, se dará una adecuada publicidad a las solicitudes presentadas, comunicando en todo caso su existencia a la Administración Central del Estado, para su inclusión en el mapa previamente mencionado.
  • Los restos que hayan sido objeto de traslado y no fuesen reclamados serán inhumados en el cementerio municipal.

 

2-. Respecto a los símbolos y monumentos públicos:

  • Tomar las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación -personal o colectiva- de la sublevación, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura; salvo que éstas sean de estricto recuerdo privado, sin exaltación de los enfrentados, o cuando concurran razones artísticas, arquitectónicas o artístico-religiosas protegidas por la ley.
  • Retirar por la Administración Pública las subvenciones o ayudas concedidas a los propietarios privados que no actúen del modo previsto en el apartado anterior.
  • Colaborar con el Gobierno y la Comunidad Autónoma en la elaboración del catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la Dictadura
  • Desde conocimiento de estos acuerdos e iniciativas al Gobierno de la Nación y a la Junta de Extremadura, y a la Federación Española de Municipios y Provincias como a la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura.

 

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